lunes, 31 agosto, 2026

Prohíben la venta de un juguete infantil blando por riesgos para la salud

El Gobierno dispuso la prohibición de importación, fabricación, comercialización y almacenamiento en todo el país de los juguetes blandos tipo ‘squeeze toy’ o ‘squishy’ por posibles riesgos para la salud.

El Gobierno nacional prohibió oficialmente la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento en todo el país de los juguetes infantiles blandos conocidos como ‘squeeze toy’ o ‘squishy’. La medida fue ratificada mediante la Disposición 690/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Según la norma, la prohibición alcanza a los ‘juguetes infantiles blandos tipo squeeze toy/squishy’, consistentes en figuras de polímero plástico blando con forma de ‘gyoza, dumpling o similares’, y con denominaciones comerciales como ‘Squeezy Duplings’, ‘Dumpling Squishy’, ‘Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis’, ‘Dumpling Squishy con Steamer Box’ o sin marca declarada en versiones genéricas de similar tenor, cualquiera sea su formato.

Entre los fundamentos, el Gobierno señaló que recibió ‘denuncias y antecedentes relacionados con la comercialización de juguetes importados’ que contendrían ‘benceno, ftalatos u otros químicos tóxicos en porcentajes superiores a los permitidos por las normas técnicas de seguridad’ aplicables a este tipo de productos. La disposición sostiene que esas sustancias podrían generar ‘un perjuicio claro y concreto para la salud de los consumidores’ y advierte que se trataría de compuestos ‘cancerígenos’ y ‘mutagénicos’ que podrían resultar peligrosos por contacto dérmico o inhalación.

Una alerta emitida a principios de julio por la Office for Product Safety and Standards (OPSS) del Reino Unido detalló que el benceno ‘puede absorberse a través de la piel durante la manipulación normal del juguete, sin necesidad de que el niño se lo lleve a la boca’. También puede producir irritación en la piel, los ojos y la garganta.

El texto menciona denuncias presentadas por la Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ), por caso, antes del último Día del Niño, y antecedentes vinculados con alertas emitidas en el Reino Unido sobre productos similares por riesgos químicos para los consumidores.

En los considerandos, el Gobierno indicó que ya había dispuesto medidas preventivas, requerimientos de información, verificaciones sobre el cumplimiento de normas técnicas de seguridad, alertas dirigidas a la Dirección General de Aduanas y medidas para impedir la comercialización de estos productos a través de plataformas de intermediación. Sin embargo, sostuvo que la eventual escala de comercialización de estos juguetes y la posibilidad de adquirirlos tanto en comercios físicos como mediante redes sociales y tiendas online justificaban una medida de alcance nacional.

El documento establece que las existencias o almacenamientos de los productos consignados que actualmente estén en poder de importadores, fabricantes, comercializadores mayoristas o minoristas a la fecha de entrada de la disposición deberán ser destruidos o desechados en forma segura e inmediata, conforme la normativa vigente. Asimismo, dispone que los importadores, fabricantes, comercializadores mayoristas o minoristas que tengan sitios web deberán informar los alcances de la medida en forma destacada dentro de las 72 horas hábiles posteriores a su entrada en vigencia.

La disposición incorpora una excepción para aquellos fabricantes, importadores, comercializadores mayoristas o minoristas que cuenten con la declaración jurada de conformidad y toda otra certificación que asegure la inocuidad del producto y que los mismos se ajustan estrictamente a la normativa técnica de seguridad en juguetes. La medida también establece que las infracciones podrán ser sancionadas conforme a las penalidades previstas por la Ley de Defensa del Consumidor y otras normas vigentes, además de otras eventuales responsabilidades penales.

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