La ANMAT prohibió en todo el país el uso, comercialización y distribución del dermatoscopio FotoFinder skeen, luego de que la empresa titular del producto denunciara el robo del equipo. La medida fue oficializada mediante la Disposición 4945/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional el uso, comercialización y distribución del dermatoscopio FotoFinder, modelo skeen, registrado bajo el número PM1958-65. La disposición 4945/2026 fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El dispositivo, clasificado como producto de riesgo I, se utiliza en dermatología para la captura y documentación estandarizada de imágenes microscópicas y macroscópicas de lesiones cutáneas. Su función permite facilitar la evaluación inicial y el seguimiento de pacientes.
La medida se adoptó a partir de una denuncia por robo del equipo presentada por Aler SM S.A., empresa titular del producto e inscripta como fabricante e importadora de productos médicos. La firma notificó formalmente la sustracción y dio inicio al procedimiento de control correspondiente.
El caso fue analizado por el servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS). Según consta en el expediente, la denuncia policial fue presentada ante la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y quedó acompañada por el certificado de actuación identificado como IF-2026-62681861-APN-DVPS#ANMAT.
El principal motivo de la prohibición es que, tras el robo, se desconoce la condición y el estado del equipo sustraído. Esa incertidumbre llevó al área técnica de la DEYGMPS a recomendar la prohibición total del uso, comercialización y distribución del producto.
La disposición establece notificaciones a diversos organismos sanitarios y administrativos, entre ellos el Instituto Nacional de Productos Médicos, las autoridades sanitarias jurisdiccionales y la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo, dependiente de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial. También fueron informadas áreas técnicas y jurídicas del Ministerio de Economía.
La ANMAT recordó que toda persona o institución que detecte la presencia o circulación del dermatoscopio mencionado debe abstenerse de utilizarlo y comunicar la situación a las autoridades competentes.
Esta prohibición se suma a otras medidas similares adoptadas por la ANMAT en los últimos días. El 8 de mayo se prohibió el uso, comercialización y distribución de ÁTOMO Desinflamante Forte y ÁTOMO Desinflamante Clásico, de Gramon Millet S.A., por el robo de 5.740 y 3.360 unidades, respectivamente, en instalaciones de Dalban Pharma S.A. Los productos sustraídos no habían sido comercializados previamente y los remanentes fueron enviados a destrucción.
También se prohibió el uso de ZETROTRAX jarabe por 240 mililitros, de Laboratorios Dalban, tras el robo de 6.360 frascos correspondientes a los lotes EAIB6, EAIB7 y EAIB8. Los envases no estaban estuchados, aunque ya tenían la etiqueta autorizada.
