El Congreso de Perú aprobó por unanimidad una reforma legal que incrementa las sanciones por actos de crueldad contra animales, con penas de hasta 8 años de cárcel en casos graves.
El Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad un dictamen que modifica el artículo 206-A del Código Penal, endureciendo las sanciones contra quienes cometan actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres. La iniciativa, respaldada con 91 votos a favor y exonerada de segunda votación con 90 votos, eleva las penas hasta los 8 años de prisión en los casos más graves, especialmente cuando el maltrato derive en la muerte del animal.
La medida busca cerrar vacíos legales y responder a la creciente preocupación ciudadana frente a casos de maltrato animal que, hasta ahora, recibían sanciones consideradas insuficientes. El dictamen establece un marco más severo que diferencia entre conductas básicas y agravadas.
En su forma inicial, quien incurra en maltrato o abandono podrá recibir hasta tres años de prisión, además de multas económicas de 100 a 180 días-multa e inhabilitación. Sin embargo, la norma incorpora agravantes que elevan significativamente las penas. Si el acto provoca la pérdida o inutilidad de un órgano, sentido o miembro del animal, o si se emplean métodos como armas, fuego o veneno, la sanción sube a entre cuatro y seis años de cárcel.
También se incluyen como agravantes los actos cometidos con ensañamiento, sadismo o extrema crueldad, así como aquellos de naturaleza sexual contra animales. Además, la pena se incrementa si el delito es cometido por dos o más personas, o si el hecho es registrado y difundido por internet u otros medios.
El nuevo texto introduce un enfoque de responsabilidad agravada para personas con deber especial de cuidado, como médicos veterinarios, cuidadores, entrenadores, propietarios, miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, serenazgo, personal de seguridad privada y funcionarios públicos. En estos casos, el abuso de esa posición implica sanciones más severas.
Uno de los cambios más significativos está relacionado con la muerte del animal como consecuencia del maltrato o abandono. Mientras que la normativa vigente establecía penas de entre tres y cinco años, la modificación aprobada eleva el castigo a un rango de entre seis y ocho años de prisión, además de multas de 150 a 360 días e inhabilitación.
El dictamen sostiene que los actos de crueldad animal no solo generan sufrimiento directo, sino que pueden estar vinculados a otras formas de violencia en entornos familiares, sociales y comunitarios, lo que refuerza la necesidad de una respuesta más estricta desde el sistema penal.
