A casi una semana de los graves incidentes ocurridos en las afueras del Congreso de la Nación durante la marcha, y en vísperas de una nueva movilización que sumará a piqueteros, movimientos sociales y sindicatos, el abogado libertario Francisco Oneto sostuvo que, en circunstancias como las ocurridas el miércoles pasado, decretaría el Estado de sitio. Sin embargo, su postura quedó marcada por un insólito error.
Oneto, que fue candidato a vicegobernador de la provincia de Buenos Aires en las elecciones de 2023, habló sobre los incidentes, reconoció que “hubo represión” y enfatizó que en la Ciudad “había un estado de conmoción interior”.
“El miércoles hubo represión, pero no está mal. Es momento que Argentina se olvide de su ex, que fue el Proceso de Reorganización Nacional, y vuelva a entender que la represión es la forma que tiene el Estado de ordenar cuando las cosas se van fuera de su cauce”, consideró el abogado penalista en diálogo con Radio Con Vos.
Para el letrado, durante la marcha de los jubilados “hubo un reclamo legitimo empañado por un grupo de violentos que fueron a atacar a la policía” y “en esa lógica, el orden tiene que mantenerse, sino nos convertimos en una anarquía”.
Francisco Oneto puntualizó que el miércoles “no era un día normal” y “había un estado de conmoción interior”, casos en los cuales “la Constitución autoriza el decreto de Estado de Sitio”.
“Si yo soy intendente de la Ciudad de Buenos Aires, decreto el Estado de sitio, por supuesto”, afirmó Oneto. “¿Y si sos el Presidente de la Nación?”, le preguntaron. “No, porque el Estado de sitio se decreta por regiones”, subrayó.
Sin darse cuenta de su error, analizó: “Llamás al Estado de sitio porque hay que tomar el control absoluto de las calles y quedan suspendidas las garantías constitucionales”, explicó y enfatizó que de esa forma “se acaban todos los problemas”.
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“Se acaban las garantías constitucionales por un ratito, y no creo que ahí (por la marcha) hubiera muchas. Si ibas con bicicleta no creo que te fueran a respetar mucho. Si te agarraba la policía, lo más probable era que te pidieran disculpas, te ofrecieran hacer la denuncia y te devolvía la bicicleta. Pero si te agarraba uno de los muchachos que venía con la camiseta de los clubes de futbol, que eran barras bravas, la ibas a pasar un poquito peor”, consideró.
“Lo que se estaba viendo ahí era un estado de conmoción. Hay video de los vecinos desde sus balcones pidiéndole a los delincuentes que estaban abajo que no prendieran fuego los tachos de basura y de abajo les decían ‘bajá cagón y les tiraban piedras’”, ejemplificó.
Qué dice la Constitución sobre el Estado de sitio
En Argentina, el estado de sitio puede ser declarado por el Congreso de la Nación o, en caso de urgencia, por el Presidente de la Nación, según lo establece la Constitución Nacional en su artículo 23.
Artículo 23.- «En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino».
Artículo 61.- «Corresponde también al Senado autorizar al presidente de la Nación para que declare en estado de sitio, uno o varios puntos de la República en caso de ataque exterior».
Artículo 75, inciso 29, sobre atribuciones del Congreso: “Declarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación en caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo”.
Artículo 99, inciso 16: «Declara en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación, en caso de ataque exterior y por un término limitado, con acuerdo del Senado. En caso de conmoción interior sólo tiene esta facultad cuando el Congreso está en receso, porque es atribución que corresponde a este cuerpo. El Presidente la ejerce con las limitaciones prescriptas en el Artículo 23».
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