domingo, 22 diciembre, 2024

Empleados de comercio no pueden ganar un sueldo menor a este

El gremio que encabeza Armando Cavalieri viene de cerrar un incremento salarial en línea con la inflación. ¿Cuánto debe ganar cada categoría?

20/12/2024 – 17:52hs

La actividad comercial suele ser muy sacrificada, sobre todo, en tiempos de fiestas de fin de año. Es que los trabajadores del sector no suelen descansar los fines de semana o feriados y buscan aprovechar el envión del fin de año para aumentar sus ventas.

Se trata de un sector que generalmente ofrece un empleo estable, un sueldo considerable (en línea con la inflación) y oportunidades de crecer dentro de una empresa.

Empleados de comercio: el sueldo mínimo que deben cobrar

Sin ir más lejos, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) viene de cerrar un incremento salarial, con base en el IPC correspondiente a noviembre, que recientemente publicó el INDEC.

De este modo, el ingreso mínimo para un empleado de comercio, según su categoría, se conformará de la siguiente manera:

Maestranza:

  • Categoría A: $ 898.401
  • Categoría B: $ 901.002
  • Categoría C: $ 910.113

Administrativos:

  • Categoría A: $ 908.164
  • Categoría B: $ 912.072
  • Categoría C: $ 915.975
  • Categoría D: $ 927.692
  • Categoría E: $ 937.450
  • Categoría F: $ 951.775

Cajeros:

  • Categoría A: $ 911.417
  • Categoría B: $ 915.975
  • Categoría C: $ 921.826

Auxiliares Generales:

  • Categoría A: $ 911.417
  • Categoría B: $ 917.920
  • Categoría C: $ 939.407

Auxiliares Especiales:

  • Categoría A: $ 919.231
  • Categoría B: $ 930.946

Vendedores:

  • Categoría A: $ 911.417
  • Categoría B: $ 930.948
  • Categoría C: $ 937.455
  • Categoría D: $ 951.775

La última actualización, acordada entre el gremio y las cámaras empresariales, contempla un aumento 5% dividido en dos tramos de 2,5% (noviembre y diciembre). Y se aplicará de este modo:

  • Se tomará como base de cálculo los valores expresados para octubre de 2024; más las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha.
  • El 5% se tomará en su valor nominal y en dos tramos no acumulativos: 2,5% a partir de noviembre y 2,5% a partir de diciembre.

Según informaron las partes, «lo pactado tiene vigencia desde el 1.º de noviembre y hasta el 31 de marzo, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero próximo para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido».

A los sueldos básicos, hay que sumarle la antigüedad, que representa el 1% por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas, y el presentismo.

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