El Consejo General del Notariado de España registra más de 740.000 testamentos al año. Expertos consultados señalan que el reparto igualitario de una propiedad entre varios herederos puede generar conflictos y proponen alternativas legales para evitarlos.
En España, el Consejo General del Notariado registra más de 740.000 testamentos anualmente. La legislación establece que un tercio de la herencia debe repartirse por igual entre los hijos (herencia legítima), otro tercio puede destinarse a cualquier persona y el tercio restante, denominado ‘tercio de mejora’, permite favorecer a un heredero sobre los demás.
Esta norma general se aplica en la mayor parte del territorio, aunque comunidades autónomas como Cataluña tienen disposiciones diferentes. En Cataluña, los hijos son herederos legítimos por partes iguales, pero la legítima corresponde a una cuarta parte de la herencia, que puede pagarse en dinero o en bienes.
Meritxell Gabarró i Sans, directora de Gabarró Advocats Herències, afirmó que si una propiedad se deja a dos hijos, ‘pueden acabar peleándose porque uno puede querer vender y el otro no’. Según la experta, esta situación es habitual aunque el testador haya tenido buenas intenciones.
Gabarró propuso una alternativa: ‘dejar el piso a uno y obligarle a compensar económicamente al otro por la parte que le corresponde’. De esta forma, se mantiene el reparto equitativo sin generar copropiedad. También recomendó nombrar un albacea para garantizar el cumplimiento de la compensación.
Josep Ferrer i Riba, catedrático de Derecho Civil y director de la Comissió de Codificació de Catalunya, sostuvo que ‘cuando hay varios herederos, a veces conviene hacer ya la partición en el testamento’. Agregó que prever el reparto puede evitar conflictos entre los beneficiarios.
En el artículo publicado por La Vanguardia, Gabarró desaconsejó realizar testamentos breves y subrayó la importancia de trabajar cada caso de manera particular. ‘Cada casa es un mundo’, concluyó.
