El 9 de julio, feriado inamovible por el Día de la Independencia, se combina con un día no laborable puente el viernes 10, según el calendario oficial de 2026.
En la segunda semana de julio, el calendario oficial de feriados de la Jefatura de Gabinete establece que el jueves 9 de julio es feriado inamovible por el Día de la Independencia. El viernes 10 de julio, en tanto, es un día no laborable con fines turísticos, según la resolución 164/2025.
El día no laborable difiere del feriado en que el empleador tiene la potestad de decidir si se trabaja o no. En caso de trabajar, el empleado percibe su salario simple, mientras que en un feriado nacional el trabajador que presta servicios debe cobrar el doble de una jornada habitual, conforme a los artículos 181 y 182 de la Ley de Contrato de Trabajo.
El 9 de julio conmemora la firma de la Declaración de la Independencia en 1816, ocurrida en la Casa Histórica de Tucumán durante el Congreso de Tucumán, donde los representantes provinciales acordaron la soberanía nacional.
Los días no laborables con fines turísticos definidos para 2026 son el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre.
