martes, 14 abril, 2026

Templo mormón en Buenos Aires: la Iglesia respondió a la cautelar y alegó posible violación a la libertad religiosa

La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días presentó su respuesta judicial al amparo que frenó una autorización preliminar para construir un templo en el centro porteño. En un escrito de 139 páginas, sostiene que exigir un trámite de doble lectura violaría la libertad de culto.

El futuro del templo que la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días planea construir en el centro de Buenos Aires sigue en suspenso. En diciembre, un amparo presentado por la Asociación Civil Basta de Demoler logró frenar una autorización preliminar del gobierno porteño. El viernes, la iglesia presentó formalmente su respuesta ante la Justicia, argumentando que una exigencia de trámite legislativo podría constituir una violación a la libertad religiosa.

El caso se centra en la factibilidad del uso «local de culto» en un terreno ubicado en la avenida Córdoba y Reconquista, lindero al Monasterio y la Iglesia de Santa Catalina de Siena, declarados Monumento Histórico Nacional. La medida cautelar, dictada el 15 de diciembre por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°9, suspendió los efectos de una disposición administrativa de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) que habilitaba un desarrollo de gran escala en el predio.

En su escrito de 139 páginas, las autoridades de la iglesia sostienen que la medida cautelar resulta inaceptable. Argumentan que, dado que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires no establece que la autorización de locales de culto deba someterse a un trámite de doble lectura (que incluye un estudio de impacto ambiental y tratamiento legislativo), exigir dicho procedimiento «violaría la libertad religiosa y de culto».

La presentación judicial aclara que la disposición de la DGIUR «se limitó a interpretar la viabilidad del uso local de culto en el inmueble y no aprobó ninguna obra ni ningún plano para el proyecto del templo», lo que corresponde a instancias posteriores. Además, señala que «la práctica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratifica que el establecimiento de un lugar de culto no requiere de aprobación legislativa».

Por otro lado, la iglesia insiste en que no existe una afectación comprobada al patrimonio histórico lindero y que el proyecto contempla estudios técnicos específicos y el cumplimiento de todos los protocolos arqueológicos exigidos. Destacan que la iniciativa permitiría poner en valor un predio actualmente sin uso, incorporando un espacio verde de acceso público.

En contraste, la jueza Andrea Danas, a cargo del juzgado interviniente, había considerado en diciembre que, por las dimensiones de la obra y el uso autorizado, la Ciudad debió haber aplicado el procedimiento de doble lectura legislativa previsto en la Constitución porteña y en el Código Urbanístico para grandes equipamientos.

El expediente judicial continúa su curso, sin que se haya fijado aún una fecha para la próxima resolución.

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