domingo, 29 marzo, 2026

La Justicia frena artículos clave de la reforma laboral

Un fallo judicial detuvo este viernes la implementación de dos puntos específicos de la reforma laboral sancionada a fines de febrero. La medida cautelar fue dictada por la Justicia federal a raíz de una presentación realizada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).

Alcance de la suspensión judicial

La resolución ordena al Estado nacional abstenerse de aplicar los artículos 131 y 133 de la nueva normativa. Estas disposiciones limitaban la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo y establecían nuevos topes para las contribuciones a las organizaciones gremiales. Con la suspensión, se mantendrán en vigencia todas las cláusulas convencionales y las empresas deberán continuar con la retención y el depósito de los aportes sindicales acordados.

Posición del sindicato de Comercio

Desde Faecys celebraron la decisión judicial. Armando Cavalieri, secretario general del gremio, definió el fallo como un «acto de justicia» que defiende la dignidad de los trabajadores y la autonomía sindical. «No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos», afirmó.

El sindicato argumentó que la suspensión es fundamental para evitar un «escenario de desfinanciamiento» que pondría en riesgo la estructura operativa de las organizaciones gremiales y la prestación de servicios esenciales para los afiliados, como la cobertura de salud y las capacitaciones.

Contexto de negociaciones paritarias

La medida judicial se conoce en una semana donde el sindicato de Comercio también cerró un acuerdo salarial. Este jueves se pactó un incremento del 5% a distribuirse en tres meses, junto con un bono de 120 mil pesos. La negociación involucró a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca).

Cavalieri destacó que el convenio busca «acompañar la realidad actual de las empresas para preservar las fuentes de trabajo, sin dejar de proteger el ingreso» de los trabajadores. El acuerdo incluye una cláusula de revisión para monitorear la situación económica durante el primer semestre del año.

Próximos pasos

La medida cautelar tendrá una vigencia de seis meses, plazo durante el cual se sustanciará la acción judicial principal presentada por el sindicato. El fallo no afecta al resto de los artículos de la reforma laboral, que continúan en aplicación. La resolución judicial marca un nuevo capítulo en el debate sobre el alcance de las modificaciones al marco normativo laboral en el país.

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