Los cinco puntos más duros del fallo de la Justicia de Nueva York contra Argentina por la expropiación de YPF

La jueza Preska puso la lupa sobre la fecha de referencia de la toma de control de la empresa por parte del Estado argentino, la tasa de interés que debe pagar el país por la penalidad y el ratio que determina el valor de las acciones.

08 de septiembre 2023, 15:40hs

Una jueza de Nueva York falló en contra de la Argentina en un juicio por la estatización de YPF. (Foto: Télam).

Una jueza de Nueva York falló en contra de la Argentina en un juicio por la estatización de YPF. (Foto: Télam).

Tras ocho años de litigio, este viernes se conoció el fallo en contra de la Argentina en el caso que se sigue en Nueva York por la estatización de YPF.

En rigor, la jueza del Distrito Sur de Nueva York, Loretta Preska, falló a favor de Burford Capital y determinó que los daños económicos que deberá pagar el Estado argentino ascienden a US$16.000 millones. La Argentina apelará en octubre a través de la Procuración del Tesoro, adelantó la portavoz presidencial, Gabriela Cerruti.

La decisión constituye un durísimo golpe para el gobierno de Alberto Fernández que confiaba en que la indemnización pudiera reducirse a unos US$5000 millones, menos de un tercio de lo que terminó fijando la jueza. La diferencia entre el monto de la sentencia y lo que pretendía pagar el gobierno radica en el modo de calcular los intereses y en la tasa de interés tomada en cuenta.

Las cinco claves del fallo de la Justicia de Nueva York por la expropiación de YPF

El gobierno buscaba que Preska tomara como punto de partida para el cálculo la fecha en la que se aprobó la ley de expropiación, 7 de mayo de 2012. La jueza, en cambio, pidió que se tome la fecha en la que el gobierno desembarcó en YPF, el 16 de abril de 2012.“El 8% de interés simple es apropiado y equitativo”, destaca el fallo. La jueza impuso una alta tasa de interés anual, muy por encima de otros litigios internacionales, lo que elevó la indemnización a US$16.000 millones.“La fórmula D debe calcularse utilizando la relación precio/ingresos más alta durante el período pertinente”, indica el texto. El ratio, es decir, el componente fundamental de la fórmula que determina el valor que debe pagar el país por las acciones, fue el más alto. “El señor Kicillof declaró descaradamente que sería ‘una estupidez cumplir la ley de la propia YPF o respetar sus estatutos’, enfatizó la jueza respecto del actual gobernador de la provincia de Buenos Aires. Es que tras entrar en la compañía, los primeros interventores fueron los entonces viceministro de Economía, Axel Kicillof, y el ministro de Planificación Federal, Julio de Vido. En ese momento, el Estado decidió suspender el giro de dividendos que había sido acordado entre Repsol y el Grupo Petersen, lo que desencadenó que las empresas de los Eskenazi entraran en default al no poder pagar sus deudas.“Los intereses previos al fallo deberían correr a partir del 3 de mayo de 2012″, indica el fallo judicial. La jueza consideró esta fecha como el día de entrada en vigor de la ley de expropiación de la compañía. Se trata del día en que la Cámara de Diputados convirtió en ley la expropiación del 51 por ciento de las acciones de YPF en manos de Repsol y declaró de “utilidad pública” la recuperación del “autoabastecimiento energético”.

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