El Covid agudizó un problema que venía encendiendo alarmas desde antes de 2020: la caída de las tasas de vacunación. Y post pandemia, el impacto en las vacunas de calendario no cedió. Ahora, el Gobierno acaba de reglamentar una ley para lograr que la gente se vacune.
La Ley 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación se había sancionado en diciembre de 2018, pero recién se reglamentó ahora. Establece que las vacunas son obligatorias, gratuitas y un bien social, y tiene por objetivo garantizar un mayor acceso y equidad a todas las vacunas que componen el Calendario Nacional de Vacunación.
La ley y el decreto 439/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial, le dan un rol clave el personal educativo y de salud para garantizar los circuitos que faciliten la vacunación en esta etapa de la vida. Otorgan la facultad al Estado nacional, las provincias y la ciudad de Buenos Aires de llevar a cabo todas las estrategias y acciones necesarias para evitar y controlar las enfermedades prevenibles por vacunación.
Se ratifica que las vacunas que componen el calendario son gratuitas y obligatorias para todas las etapas de la vida, incluyendo esa gratuidad los insumos necesarios para su aplicación, es decir que cualquier persona considerada población objetivo de vacunación en el calendario de vacunación podrá acceder sin ningún costo adicional a la vacuna correspondiente.
Ese calendario, justamente, será actualizado por el Ministerio de Salud, que publicará los lineamientos técnicos para las vacunas que lo compongan, las recomendadas para grupos en riesgo, y aquellas que eventualmente se determinen en situaciones de emergencia epidemiológica.
El registro digital de vacunas
La reglamentación de la ley establece el funcionamiento del Registro Nacional de Población Vacunada Digital, también a cargo de Salud, que se articulará con las distintas jurisdicciones y permitirá que cada ciudadano disponga de un registro digital donde consten todas vacunas que sucesivamente se vaya aplicando. Esta certificación tiene carácter nacional y eventualmente puede ser presentada ante el requerimiento internacional.
Respecto del cumplimiento de la vacunación, las jurisdicciones deberán definir un sistema de notificaciones cuando no se apliquen y disponer las medidas que consideren necesarias. Sin embargo, se aclara, “la falta de presentación de la certificación en ningún caso supondrá un impedimento para el ingreso o egreso del ciclo lectivo, o para la permanencia laboral”.
En el caso de los menores de edad, sí está establecido que la instancia que detecte que no se aplicaron vacunas de calendario deberá comunicarlo “de manera directa a la autoridad de protección de derechos de las niñas, niños y adolescentes en el ámbito local”. También se impulsarán campañas de concientización y comunicación de la importancia de vacunarse.
La caída en las tasas de vacunación
Argentina fue históricamente un país modelo en sus coberturas de vacunación. Pero las tasas comenzaron a descender hace al menos una década.
Allí se veía, siempre hablando de las vacunas gratuitas y obligatorias por calendario, una caída de 8 puntos porcentuales entre 2019 y 2010 en las dosis que debían recibir los menores de un año. Al comparar 2015 con 2020, el desplome llega a 19 puntos porcentuales.
Por ejemplo, la cobertura de la triple viral, las vacunas del ingreso escolar, cayó 15 puntos entre 2015 y 2020.
Cuando se difundió el informe de UNICEF y SAP, referentes habían marcado justamente que la demora en la reglamentación de la ley de 2018 no contribuía a frenar esta caída.
Respecto del delay de cuatro años y ocho meses en reglamentarla, en el comunicado la ministra Vizzotti solo señaló que “esta ley se sancionó en un momento en el que no estaba asegurada la provisión de vacunas, fue una muestra clara del consenso sobre la importancia de la vacunación como una política de Estado, ya que contó con el apoyo de todas las fuerzas políticas”.
“Ahora, como compromiso de este Gobierno, se reglamentó, para que nadie tenga dudas que se trata de una política de Estado”, indicó Vizzotti.
AS